miércoles, 25 de agosto de 2010

CONCEPTOS 3

Código de valoración en aduanas del G.A.T.T: La valoración en la aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduanas de las mercancías importadas.
Conocimiento de embarque: Es un documento propio del transporte marítimo que se utiliza como contrato de transporte de las mercancías en un buque en línea regular. Su finalidad es proteger al cargador y al consignatario de la carga frente al naviero.
Consignatario: Es una persona a quien va destinado un cargamento o mercaderías, el que recibe en depósito, por auto judicial el dinero que otro consigna.
Consignatario aceptante: Es según la legislación aduanera, quien acepta la consignación de las mercancías convirtiéndose en consecuencia en el sujeto pasivo de la obligación tributaria.
Consolidaciones: Son aranceles fijados o congelados en los calendarios del GATT que no pueden ser aumentados sin negociar previamente su compensación.
Consolidador de carga: Operador, distinto del porteador, que transporta carga en forma agrupada, bajo su nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales.
Consulta de clasificación arancelaria: Solicitud que cualquier persona puede formular ante la Intendencia de Aduanas del SENIAT, a los fines de que determine la ubicación arancelaria de la mercancía que la motiva y el aforo correspondiente.
Contingentes: Volumen o monto de las importaciones de un producto determinado que un país se compromete a aceptar en su mercado, como parte de los compromisos de acceso mínimo o acceso corriente, sin aplicar medidas restrictivas al acceso de dicho producto.
Costo y flete: Término con que se expresa que el costo del valor y del flete de los artículos está incluido en el precio cotizado por el exportador. La adquisición y el costo del seguro corren por cuenta del exportador.
Cretas arancelarias: Aranceles altos (muy por encima del promedio arancelario de un país) empleados para proteger algunas industrias (sensibles) como textiles, productos de cuero, y productos alimenticios.
Declaración de aduanas: Acto por el cual el consignatario o exportador manifiesta a la aduana, su voluntad de realizar una operación aduanera.
Declaración de tránsito: El documento aduanero en el que constan todos los datos e informaciones requeridos para la operación de tránsito aduanero. Documento que ampara la operación de tránsito aduanero.
Declaración de tránsito aduanero internacional (DTAI): El documento aduanero único de los Países Miembros de la Comunidad Andina de Naciones, en el que constan todos los datos e informaciones requeridos para la operación de tránsito aduanero internacional.
Decomiso o comiso: Sanción administrativa consistente en perdida de las mercancías y pago de los impuestos, tasas y demás y contribuciones que se hubiesen causado.
Deposito aduanero: Lugares donde se permite que una mercancía esté a la espera de ser despachada a consumo un cierto tiempo. Son unos recintos, bajo el control de la Aduana en el que las mercancías no abonan derechos de importación. Se usan sobre todo cuando un importador no sabe cuál será el destino final de la importación.
Depósito aduanero in bond: Régimen especial mediante el cual las mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas son depositadas en un lugar destinado a este efecto, bajo control y potestad aduanera, sin estar sujetas al pago de impuestos de importación y tasa por servicios de aduana, para su venta en los mercados nacionales e internacionales, previo cumplimiento de los requisitos legales.
Depósito ficticio: Se aplica el régimen del depósito aduanero aunque las mercancías no hayan tenido entrada físicamente.
Deposito franco: Espacio acotado, en un puerto, aeropuerto o en otro lugar, y siempre bajo la inspección de los servicios de aduanas, en el que pueden almacenarse mercancías sin el previo pago de derechos arancelarios ni de impuestos sobre el consumo, en espera de su reexportación o hasta el momento de su despacho a consumo.
Depósito temporal: Régimen mediante el cual las mercancías objeto de operaciones aduaneras son depositadas provisionalmente en recintos cerrados, silos áreas cercadas o delimitadas, ubicadas dentro de las zonas primarias de las aduanas o en espacios geográficos próximos a las Oficinas Aduaneras.
Derechos o impuestos específicos: Los establecidos por los aranceles aduaneros, consistentes en impuestos fijos que se aplican sobre unidades físicas de las mercancías.
Derechos aduaneros o de aduana: Es todo gravamen y todo pago que se exija sobre la importación o exportación de mercancías. Estos derechos pueden ser ad-valorem, específicos o mixtos, siendo la tendencia actual las primera de las mismas, los ad-valorem.
Derechos antidumping: Comparación entre el valor normal de un producto en el mercado interno del país de exportación y el valor FOB al que dicho producto es vendido en el país de importación.
Derecho arancelario: Impuesto indirecto establecido sobre las mercancías que entran (derechos de importación) o salen (derechos de exportación) de un territorio aduanero.
Derecho arancelario especifico: Derecho arancelario que supone una cantidad fija por unidad de peso, cuenta o medida de la mercancía en cuestión.
Derecho regulador: Gravamen a la importación definido como la diferencia entre el precio mundial CIF de la mercancía en cuestión y su precio de entrada.
Derechos preferenciales: Aranceles aduaneros (menores que los aranceles aduaneros nacionales) que un país (país donante de un sistema generalizado de preferencias o país miembro de una zona libre de comercio) establece a favor de otros u otros países.

CONCEPTOS 2

Ajuste fiscal en frontera: Es un sistema de adaptación de los impuestos quegravan un producto. Este consiste en la desgravación a los bienes exportadosde los impuestos con que se les grava cuando se destinan al consumo interiory en sentido inverso.
ALCA: Área de Libre Comercio de las Américas.
Almacén libre de impuesto (Duty Free Shops): Es un régimen mediante elcual se autoriza a los establecimientos ubicados en las zonas primarias de lasaduanas localizadas en los puertos o aeropuertos internacionales, a depositardeterminadas mercancías nacionales y extranjeras, son exclusivamente paraser expedidas a las personas que están en tránsito en el país o que vayan aentrar o salir del mismo.
Andino, pacto: Es un acuerdo de integración subregional Andina. Su objetivoes promover el desarrollo equilibrado y común de los países miembros.(Firmado por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela).
Antidumping, derechos: Es una herramienta de carácter transitorio que buscaenfrentar las practicas desleales de comercio como el dumping, consiste en laventa de un producto en el exterior a un precio menor al costo que se registraen el mercado interno.
Arancel de aduanas: Es un instrumento legal que comprende la nomenclaturapara la clasificación oficial de las mercancías susceptibles de ser importadas alterritorio nacional o exportadas al mismo.
Arancel externo común de la CEE: Es un acuerdo regional firmado en 1994por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, fija la eliminación de la mayoría delos obstáculos al comercio de los servicios. (Comunidad Europea).
Arancel optimo: Una nación optimiza su bienestar económico cuando imponeuna tasa arancelaria que eleva al máximo la diferencia positiva entre laganancia de los términos de intercambio mejorados y la pérdida del volumendecreciente de importaciones, el arancel optimo seria la tasa arancelaria.
Arancelaria, partida: Posición en la cual se ubica una mercadería dentro dela Nomenclatura Arancelaria. En el Sistema Armonizado de Designación yCodificación de Mercancías se identifica por cuatro dígitos separados por unpunto.
Arrumaje: Es la distribución o colocación de la carga de una embarcación,también a la distribución de las mercancías en almacenes, depósitos, etc.
Autoliquidación: Es una operación mediante la cual el consignatario efectúa laliquidación de los gravámenes y demás derechos causados con ocasión de laintroducción de las mercancías.
Autorización de cambio: Es un documento que permite al importador canjearmoneda de su país por divisas para pagar al exportador.
Bultos sobrantes: Son aquellas mercancías que, una vez terminada laconfrontación general de los cargamentos, aparecen de más, sobre lasanotadas en el Manifiesto de Carga.
Bultos faltantes: Son aquellas mercancías que, una vez terminada laconfrontación general de los cargamentos, no aparecen en los arrumajes de losalmacenes, pero si figuran en el Manifiesto de Carga o sobordo respectivo.
Bultos en retorno: Bultos traídos al puerto o aeropuerto de destino, por haberfaltado en la descarga del vehículo donde fueron manifestados originalmente.
Bultos postales: Forma utilizada internacionalmente para el intercambiorecíproco de mercancías o efectos sujetos al pago de impuestos aduaneros,con intervención del correo, ya sea por vía marítima, aérea o terrestre.
Bonos de prenda: Documentos expedidos por los almacenes generales dedepósito, a los fines de acreditar la constitución de garantía prendaria sobre lasmercancías bajo su guarda.
Cabotaje: Tráfico marítimo, fluvial, lacustre y aéreo de mercancías y equipajesnacionales o nacionalizados, entre diversos lugares del territorio nacional.
Carga consolidada: Carga en forma agrupada, que es transportada bajonombre y responsabilidad de un operador de transporte, distinto del porteador(consolidador) en el vehículo de éste, destinada a uno o más consignatariosfinales.
Carga Courier: Operación mediante la cual una Empresa Operadora deMensajería Internacional \"Courier\" traslada carga agrupada, bajo su propionombre y responsabilidad destinadas a terceras personas por cualquier mediode transporte, propio contratado o mediante Mensajero a Bordo.
Carta de crédito: Documento emitido por un banco y obtenido por elimportador, en el que se autoriza a otro banco a abonar al exportador unasuma específica de dinero, cuando el banco haya recibido el documento en quese garantiza que se han cumplido las condiciones estipuladas en la carta decrédito. Ejemplo: condiciones de venta, packing, fecha de envío, etc.
Causación: De acuerdo a la legislación venezolana cuando se trate deimportación, las mercancías causarán el impuesto y estarán sometidas alrégimen aduanero vigente para la fecha de su llegada a la zona primariade cualquier aduana nacional habilitada para la respectiva operación.

miércoles, 4 de agosto de 2010

EMBALAJE

1. Que es embalaje?

Es un recipiente o envoltura que contiene productos temporalmente y sirve principalmente para unir un producto pensando en cómo manejarlo y como transportarlo y almacenarlo.

2. Que funciones cumple el embalaje?

ü Proteger el contenido
ü Facilitar la manipulación
ü Informar sobre sus condiciones de manejo
ü Requisitos legales: composición , ingredientes
ü Promocionar el producto
ü
3. Qué diferencia hay entre envase, embalaje secundario y embalaje terciario?

En el envase está en contacto directo con el producto, el secundario se agrupan distintos productos envasados para formar una unidad de carga de almacenamiento o de transporte mayor, el terciario agrupa los embalajes secundarios los más utilizados son el pallet y el contenedor.

4. Investigue cinco tipos de embalaje secundario.

Ø Caja de fondo automático
Ø Bandeja
Ø Box pallet
Ø Caja de solapas
Ø Cesta
Ø Estuche
Ø Plato agrícola

5. Que son materiales de amortiguamiento y qué función cumplen?
Son los que protegen al producto, para que pueda llegar en buen estado y este en las adecuadas condiciones, cumpliendo la función de protegerlo de choques y vibraciones.

6. Investigue que son zunchos y envolturas de películas extensibles y retractiles.

Zunchos: El zuncho plástico es una cinta de polipropileno, especialmente útil para el aseguramiento de embalajes. Envolturas de películas extensibles: Elementos de fijación y compactación de carga.

7. Cuales la diferencia entre empaques y embalajes de consumo y empaque y embalaje de transporte.

La diferencia es que el embalaje de consumo hace énfasis en el mercadeo y el de transporte hace énfasis en la protección y funcionalidad.

8. Investigue los tres tipos de embalaje señalados en la lectura.

Embalajes de consumo: es el empaque final que hace énfasis en la conveniencia del consumidor.
Embalaje de transporte: es el que prepara los envíos y la despolitización ubicando los productos en el lugar destinado.
Empaque: incluye las actividades de diseñar y producir el recipiente o la envoltura para un producto en un producto o ambos.

9. Que establece la norma ISO 3394.

Establece las dimensiones exteriores máximas de un embalaje de transporte deben ser 600 mm por 400 mm. Encajan sin pérdida de espacio en las estibas de tamaño normalizado.

10. Que es una estiba?

Es la técnica de colocar la carga a bordo para ser transportada con un máximo de seguridad para el buque y su tripulación, ocupando el mínimo espacio posible.